Certificado de Eficiencia Energética

Javier Nieto - 10 Oct 2017 - Asesoramiento Inmobiliario

Nos gustaría informarle sobre la reciente ley que ha aprobado el Gobierno. Esta ley es el Real Decreto del 5 de Abril 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de edificios existentes.
El R.D. 235/2013, establece la obligación de poner a disposición de los compradores o arrendatarios el mencionado certificado, el cual incluirá una evaluación objetiva sobre la eficiencia energética del edificio o parte del mismo para que puedan los compradores o arrendatarios comparar con una escala ya establecida de eficiencia energética ( de la A a la G) y con los resultados de otros edificios. Esta evaluación y comparación de la eficiencia energética de los edificios, favorecerá la promoción de los edificios energéticamente mas eficientes y al ahorro energético en los mismos.

En definitiva, este Real Decreto contribuye entre otras cosas a informar de las emisiones de CO2 por el uso de la energía proveniente de fuentes emisoras en el sector residencial, lo que facilitará la adopción de medidas para reducir las emisiones y mejorar la calificación energética de los edificios. Así mismo el técnico redactor del informe incluirá una serie de mejoras para que el propietario que libremente quiera pueda mejorar la calificación energética de su vivienda.

Cuando se vendan o alquilen edificios, viviendas, locales comerciales , el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y entregarlo en los términos que se establecen en el Procedimiento básico. El certificado se incluye en un Registro Autonómico recién creado al efecto , y es válido por diez años. Debe ser incluido en toda propaganda , incluso por Internet , de venta o alquiler superior a cuatro meses.

Esta ley entró en vigor el pasado 1 de junio, a partir de esta fecha no se podrán vender o alquilar edificios o parte de ellos, sin estar en posesión del mencionado Certificado de Eficiencia Energética. Los Arquitectos Técnicos están considerados como técnicos reconocidos para redactar estos certificados.

El Decreto establece asimismo un grave régimen sancionador para quien no cumpla con el requisito de disponer de este certificado.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué es el certificado de eficiencia energética?

Es el documento resultante del proceso de certificación energética de un inmueble. Recoge información sobre elementos constructivos del inmueble y sus instalaciones obteniendo así valores sobre demanda y consumo energético de un inmueble. Con estos valores otorga al inmueble una calificación energética en función de las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía.

¿Qué es la etiqueta de eficiencia energética?

Es el distintivo que recoge la calificación obtenida en el certificado energético. Señala el nivel de calificación de eficiencia energética obtenida por el edificio o unidad del edificio. Con un código de color clasifica los inmuebles según una escala energética que va desde la A (inmueble más eficiente) a la G (inmueble menos eficiente).

Otorga una calificación (de la A a la G) según el consumo de energía, y otra según las emisiones de dióxido de carbono.

¿Quién esta obligado a obtenerlo?

El propietario o promotor del inmueble, que se pongan en venta o alquiler y que no disponga ya de su certificado energético en vigor es el responsable de obtener el certificado de eficiencia energética.

Además desde 2007 ya es obligatorio el certificado energético para edificios de nueva construcción, así que aquellos cuya proyección y construcción haya sido realizada después de ese año ya deben contar con su calificación energética.

¿Puedo Vender o Alquilar sin el certificado?

No. El certificado debe estar incluido con toda la documentación que el propietario tiene que facilitar al comprador o inquilino. Por lo tanto, una copia original de este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación de compraventa o de arrendamiento.

¿Es obligatorio para todos los tipos de inmueble?

No, El Real Decreto establece una serie de edificaciones que no necesitarán ser certificadas.

a) Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.

b) Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.

c) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.

d) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.

e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

f) Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.

g) Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.

¿Cuál es el periodo de validez del certificado?

El periodo de validez del certificado obtenido y su correspondiente etiqueta energética será de diez años, siendo responsabilidad del propietario renovarlo. El propietario podrá proceder voluntariamente a su actualización, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado de eficiencia energética

Si necesita información adicional no dude en contactar. Quedamos a su entera disposición para concertar una cita e informarles en detalle.

Arquitectos Técnicos / Ingenieros de Edificación GABINETE TÉCNICO
www.maespanama.wix.com/certificador

MIGUEL ÁNGEL ESPAÑA MARÍN
maespanama@hotmail.com
673219807

FRANCISCO JAVIER VERDÚ BAEZA
fjaviervb@telefonica.net
679408545

Zero Energy Solutions es una empresa andaluza especializada en prestar servicios técnicos e implantar soluciones energéticas eficientes y sostenibles medioambientalmente para edificaciones tanto existentes como nuevas.

Nuestro objetivo es fomentar la eficiencia energética y el desarrollo sostenible en el ámbito de la arquitectura y el urbanismo.

España ha sido el último país de la CEE en adaptar la directiva europea 2010/31/CE mediante el Real Decreto 235/2013 referente a la certificación energética de los edificios, por el que se regula las emisiones de CO2, causantes del efecto invernadero que tantas catástrofes está causando a nivel mundial. Esto junto al enorme incremento de las facturas energéticas (electricidad, gas, gasoil, etc…), hace de nuestro objetivo un bien común.

Somos un equipo de técnicos especializados desde hace tiempo en este sector con formación especializada en eficiencia energética y sostenibilidad medioambiental y amplia experiencia profesional en el ámbito de la edificación, y podemos ofrecerle un asesoramiento integral adaptado a su vivienda con soluciones innovadoras e imaginativas. Nos comprometemos en la gestión integral de la mejora energética de su vivienda, desde el estudio de las distintas soluciones a la ejecución de las obras necesarias; por ejemplo, el cambio o mejora de las instalaciones, la sustitución de ventanas, la mejora de aislamientos, etc…. Dentro de las propuestas que podemos ofrecerle destacamos las siguientes: calderas de biomasa, sistemas de refrigeración solar, sistemas evaporativos, energía geotérmica, radiación nocturna, energía solar térmica y fotovoltaica y energía minieólica.

Tenga en cuenta que todas estas alternativas son totalmente ecológicas, es decir, no emiten CO2 a la atmósfera o son neutras, por lo que usted, en su pequeña aportación, está contribuyendo a mejorar la salud de nuestro planeta, por cierto, planeta que debemos entregar a nuestros hijos, un planeta sano y sostenible.

¿Cómo hacemos en Zero Energy Solutions para ayudarle?

Nosotros le asesoramos en cuanto a la EFICIENCIA ENERGÉTICA de la vivienda que posee. Si su vivienda posee un CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA estará calificada entre las letras A y G dependiendo de las emisiones de CO2 a la atmósfera, siendo A la mejor y G la de peor categoría. Esto es debido a varios factores, siendo los más importantes: las características constructivas y aislamientos de los cerramientos, el tipo de ventanas y vidrios, la orientación de las fachadas y los sistemas de producción frio-calor y agua caliente sanitaria.

El elevado consumo actual de energía de las viviendas y la escasez y agotamiento de las fuentes de producción actuales derivadas del petróleo, puede convertirse en un serio problema en el futuro si no se adoptan las medidas oportunas. La legislación comunitaria (Directiva Europea 2010/31/CE) tiene como objetivo que todas las viviendas que se construyan a partir del año 2020 sean de tipo “Zero Energy”, es decir, de consumo de energía casi nulo. ¿Qué quiere decir esto? Dentro de poco, las viviendas van a disponer de un número limitado de kilovatios/hora para consumir, el resto, lo va a tener que auto producir, mediante sistemas ya inventados y energéticamente sostenibles.

Tanto para las nuevas como para las viviendas existentes la Calificación Energética es solo un primer paso de lo que queda por venir. En primer lugar una mala calificación dificultará por sí sola la venta o alquiler de la misma, y al compararla con otra mejor calificada disminuirá su valor. Al igual que en otros países europeos se gravarán vía impuestos las viviendas que más contaminen, a no ser que se mejoren energéticamente.

Nosotros en Zero Energy Solutions podemos ayudarle a evitar este tipo de inconvenientes, asesorándole en la rehabilitación energética de su vivienda. Sepa usted que actualmente existe en el mercado la tecnología suficiente para instalar en su vivienda equipos totalmente ecológicos y respetuosos con el medio ambiente hasta poder conseguir un consumo prácticamente nulo. En nuestro estudio le incluimos un cuadro de amortización donde se detalla el tiempo necesario para recuperar el dinero gastado de la inversión. Así mismo, nos comprometemos a gestionarle interesantes subvenciones y préstamos destinados a este fin a través de organismos de la Junta de Andalucía y del Estado. También podrá desgravarse el 20% de la reforma para la mejora energética de su vivienda en su declaración de la renta.

Sin más, aprovechamos para mandarle un cordial saludo, y le invitamos a que se ponga en contacto con nosotros para que, sin ningún compromiso, le hagamos un estudio gratuito de la rehabilitación energética de su vivienda.

Contacto:

Francisco Javier Verdú Baeza:
+034 679408545

Andrés Espinosa Medina:
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Miguel Angel España Marín:
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Javier es el fundador y CEO de Pure Living Properties. Nacido y crecido en Marbella dentro de una familia siempre emprendedora que se estableció en la Costa del Sol de los años 60, cuando la actividad inmobiliaria y turística de Marbella era solo un mercado incipiente. Javier es experto conocedor de Puente Romano, al que llama su casa, y de la Milla de Oro pero lo es también de las mejores zonas, proyectos y empresas ya que sus dueños y promotores se encuentran entre su círculo más íntimo desde la infancia.

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